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Consulado de Colombia en Abu Dhabi

Servicios consulares

Guía de trámites Consulares

Última actualización: 20 de abril de 2026

Horario de atención al público: lunes a viernes de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.

Horario de atención en el mes sagrado de Ramadán: lunes a jueves de 9:00 a.m. a 2:00 p.m. y viernes 9:00 a.m. a 12:30 p.m.

Amablemente invitamos a la comunidad a leer a detalle la siguiente información relacionada con los trámites consulares y servicios que ofrece esta Misión, con el fin de conocer los requisitos, procedimientos y recomendaciones antes de su realización.

Para cualquier asistencia o requerimiento sobre trámites consulares, puede contactarnos a través del correo Consular: [email protected], donde se estará dando respuesta en un plazo de 1 a 3 días hábiles de acuerdo con cada solicitud. Agradecemos su paciencia, teniendo en cuenta que esta Sección Consular atiende un alto volumen de solicitudes diariamente.

Para situaciones de emergencia, se encuentra disponible la línea consular 24/7: +971562224907 (se entiende como emergencia aquellos casos de carácter urgente e inminente que impliquen riesgo para la vida o integridad de la persona, tales como accidentes, situaciones de abuso, peligro inminente, casos de trata, detenciones, hospitalizaciones u otras circunstancias que requieran asistencia). Inquietudes de índole Consular no se atenderán por este medio.


Solicitud de cita para tramites consulares

Para los trámites Consulares que no requieren cita, se recomienda disponer de suficiente tiempo, ya que la atención se realiza en estricto orden de llegada. En caso de provenir desde otro Emirato o desde otro país de la circunscripción, se sugiere planificar su desplazamiento con anticipación para evitar contratiempos. Cualquier inquietud será atendida a través del correo Consular [email protected]

Así mismo, se informa que a través de las redes oficiales de la Embajada y el Consulado se estarán publicando oportunamente actualizaciones de último momento y comunicaciones de interés para la comunidad. https://www.instagram.com/embajadacolombia_eau/ 

TRÁMITES QUE REQUIEREN CITA 

Registro de nacimiento, registro de matrimonio, registro de defunción, escrituras públicas, cédula de ciudadanía por primera vez, duplicados y tarjeta de identidad.

Tenga en cuenta que, si realiza más de 4 reconocimientos de firma / reconocimientos de firma de autoridad extranjera, deberá solicitar una cita a través del correo Consular: [email protected].

TRÁMITES QUE NO REQUIEREN CITA

Reconocimientos de firma (permiso de salida de menor, poderes y declaraciones), reconocimiento de firma de autoridad extranjera, autenticación de copia de documentos (cédulas y pasaportes), renovación de pasaportes, constancias de antecedentes judiciales y copia de escritura pública.

TRÁMITES QUE SE ATIENDEN EXCLUSIVAMENTE EN LÍNEA

Certificado de residencia y certificado de soltería. 

Se informa que esta Oficina Consular NO realiza la impresión de documentos faltantes al momento del trámite, ni de copias de Pasaportes o Cédulas, Por tal motivo, le solicitamos asegurarse de traer toda la documentación necesaria, ya que de lo contrario no será posible llevar a cabo los trámites correspondientes.


Valor de los trámites consulares

Registro civil de nacimiento, Registro civil de matrimonio y Registro civil de defunciónSin costo (la inscripción es gratuita; no obstante, algunos requisitos o actuaciones complementarias pueden tener costo. Consulte la guía de trámites).
Reconocimiento de firma 13 USD Por firma
Permiso de salida de menor 13 USD
Reconocimiento de firma de autoridad extranjera18 USD por firma
Copia auténtica de documento10,94 USD por copia
Autenticación copia de documento18 USD por copia
Pasaporte ordinario (32 páginas)86 USD
Pasaporte ejecutivo (48 páginas)175 USD
Cédula de ciudadanía por primera vezSin costo
Duplicado de cédula de ciudadanía Digital 76,28 USD
Cédula de ciudadanía por rectificación 67,55 USD
Tarjeta de identidad por primera vez Sin costo
Duplicado de tarjeta de identidad66,24 USD 
Certificado de soltería34 USD
Certificado de residencia 34 USD
Certificado de residencia para menores de edad 34 USD
Constancia de antecedentes judicialesSe tramita en línea, verificar guía de tramites. 
Certificado de supervivencia Sin costo
Escritura públicaVerificar al final en la guía de trámites

Documentos de identificación

Para todos los trámites Consulares es requisito indispensable presentar la cédula de ciudadanía colombiana en formato físico, esta será solicitada a todos los nacionales colombianos, en el caso de ciudadanos extranjeros, se requerirá pasaporte vigente. El Emirates ID no es válido como documento de identidad para ningún trámite Consular. En caso de no contar con la cédula de ciudadanía física, se aceptará únicamente como alternativa la cédula digital desde la aplicación oficial, o contraseña de documento en trámite siempre y cuando esté vigente. 

REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO:

Este trámite requiere cita previa, amablemente le solicitamos agendar su cita en el siguiente enlace:

🔗 https://outlook.office365.com/book/[email protected]/?ismsaljsauthenabled=true 

Requisitos

• Se requiere la presencia del menor a registrar, acompañado del padre o madre declarante (Nacional Colombiano).

• Presentar de manera física el certificado de nacimiento extranjero original de la persona a inscribir. Dicho documento debe contar con la firma y el sello del Ministerio de Relaciones Exteriores (MOFA) del país donde ocurrió el nacimiento (EAU, Qatar, Kuwait o Yemen). Si la entidad de salud proporciona el certificado de nacimiento en formato digital, este deberá imprimirse y presentarse ante el Ministerio de Relaciones Exteriores para su correspondiente legalización (firma y sello).

NOTA: Es importante resaltar que, sobre el documento original, debe estar el sello de MOFA y la firma del funcionario del ministerio de relaciones exteriores. Si esta legalización es realizada de manera digital, debe evidenciarse el sello, logo de MOFA y firma del funcionario.

Los documentos expedidos en el Reino de Bahréin no requieren legalización ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (MOFA). En estos casos, dichos certificados deben estar debidamente apostillados. Por lo tanto, se deberá presentar el certificado de nacimiento original junto con su respectiva apostilla.

• Presentar traducción oficial del certificado de nacimiento al idioma español, dicha traducción se requiere original en formato físico.

• Presentar Identificación de los padres: Sí son colombianos, la cédula de ciudadanía original en formato físico y una fotocopia de esta por ambas caras. Si uno de los dos padres posee otra nacionalidad, deberá presentar pasaporte vigente y una copia de este.

• Presentar un documento válido que indique el grupo sanguíneo y el factor RH del menor a inscribir. En caso de no contar con un documento hospitalario, carné de vacunación u otro soporte oficial que contenga esta información, deberá realizar un examen de sangre y presentar el resultado original el día del trámite.

• Presentar de manera digital una fotografía del rostro del menor, esta debe ser tipo estudio, frontal, con fondo blanco y donde los ojos se vean abiertos. Se solicita amablemente remitir la fotografía al correo Consular [email protected] antes de su cita.

El Registro Civil de Nacimiento no tiene costo en los consulados de Colombia en el exterior. No obstante, para realizar el RCN es necesario efectuar un trámite previo denominado reconocimiento de Firma de Autoridad Extranjera, el cual consiste en legalizar la firma del funcionario de MOFA quien autenticó el certificado de nacimiento, este cobro no aplica solo si el documento presentado cuenta con apostilla.

• Presentar el recibo original del depósito bancario realizado en el banco FAB, correspondiente al valor del trámite.

TrámiteCosto
Registro Civil de NacimientoSin costo
Costo del trámite reconocimiento de Firma de Autoridad ExtranjeraUSD $18
Costo del PasaporteUSD $86

Tenga en cuenta que se puede realizar una sola consignación con ambos valores.

Si así lo desea, y a manera de sugerencia, puede remitir la documentación completa al correo [email protected] antes de su cita, con el fin de verificar que se encuentre en orden y cumpla con los requisitos establecidos para el trámite.

Información Cuenta Bancaria

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias.

ConceptoInformación
Nombre BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Nombre de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes Unidos. Tenga en cuenta que el banco acepta únicamente dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares. Es importante aclarar que los pagos efectuados solo son válidos hasta el 31 de diciembre del año en curso, en consecuencia, cualquier pago realizado en un año determinado deberá utilizarse para un trámite dentro de ese mismo año.

NOTA: Se informa que esta Oficina Consular NO realiza la impresión de documentos faltantes al momento del trámite, ni de copias de Pasaportes o Cédulas, Por tal motivo, le solicitamos asegurarse de traer toda la documentación necesaria, ya que de lo contrario no será posible llevar a cabo el procedimiento.

REGISTRO CIVIL DE MATRIMONIO

Este trámite requiere cita previa, amablemente le solicitamos agendar su cita en el siguiente enlace:

🔗 https://outlook.office365.com/book/[email protected]/?ismsaljsauthenabled=true

Requisitos

• El declarante se debe presentar personalmente con su cédula de ciudadanía original y fotocopia de esta.

• El declarante (nacional colombiano) puede presentarse sin el cónyuge, siempre y cuando traiga el documento original de su pareja, cédula de ciudadanía si es colombiano/a o pasaporte si es extranjero/a.

• Presentar de manera física el certificado de matrimonio extranjero original. Dicho documento debe contar con la firma y el sello del Ministerio de Relaciones Exteriores (MOFA) del país donde ocurrió el nacimiento (EAU, Qatar, Kuwait o Yemen).

NOTA: Es importante resaltar que, sobre el documento original, debe estar el sello de MOFA y la firma del funcionario del ministerio de relaciones exteriores. Si esta legalización es realizada de manera digital, debe evidenciarse el sello, logo de MOFA y firma del funcionario.

• Traducción oficial del documento al español. (presentar traducción original)

• Una (1) copia física del documento de identificación de cada uno de los contrayentes en hojas separadas, cédula de ciudadanía para los colombianos y el pasaporte vigente para los extranjeros.

Nota: en caso de capitulaciones o providencias, se debe aportar copia fiel de las capitulaciones para llevar a cabo su respectiva anotación en el registro de matrimonio colombiano. Dicho documento es guardado en el archivo del Consulado.

Si así lo desea, y a manera de sugerencia, puede remitir la documentación completa al correo [email protected] antes de su cita, con el fin de verificar que se encuentre en orden y cumpla con los requisitos establecidos para el trámite,

El Registro Civil de Matrimonio no tiene costo en los consulados de Colombia en el exterior. No obstante, para expedir dicho documento es necesario efectuar un trámite previo denominado reconocimiento de Firma de Autoridad Extranjera, el cual consiste en legalizar la firma del funcionario de MOFA quien autenticó el certificado de matrimonio, este cobro no aplica solo si el documento presentado cuenta con apostilla.

TrámiteValor
Registro Civil de MatrimonioSin costo
Costo del trámite reconocimiento de Firma de Autoridad ExtranjeraUSD $18

Información Cuenta Bancaria

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias.

ConceptoInformación
Nombre BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Nombre de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes Unidos. Tenga en cuenta que el banco acepta únicamente dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares. Es importante aclarar que los pagos efectuados solo son válidos hasta el 31 de diciembre del año en curso, en consecuencia, cualquier pago realizado en un año determinado deberá utilizarse para un trámite dentro de ese mismo año.

INFORMACIÓN ADICIONAL: Agradecemos presentarse con todos los documentos requeridos en formato físico y debidamente completos, a fin de garantizar el adecuado desarrollo del trámite. Para todos los trámites Consulares es requisito indispensable presentar la cédula de ciudadanía colombiana en formato físico, esta será solicitada a todos los nacionales colombianos, en el caso de ciudadanos extranjeros, se requerirá pasaporte vigente. El Emirates ID no es válido como documento de identidad para ningún trámite Consular. En caso de no contar con la cédula de ciudadanía física, se aceptará únicamente como alternativa la cédula digital desde la aplicación oficial, o contraseña de documento en trámite siempre y cuando esté vigente.

Se informa que esta Oficina Consular NO realiza la impresión de documentos faltantes al momento del trámite, ni de copias de Pasaportes o cédulas, Por tal motivo, le solicitamos asegurarse de traer toda la documentación necesaria, ya que de lo contrario no será posible llevar a cabo el procedimiento.

REGISTRO CIVIL DE DEFUNCIÓN

Este trámite requiere cita previa, amablemente le solicitamos agendar su cita en el siguiente enlace:

https://outlook.office365.com/book/[email protected]/?ismsaljsauthenabled=true 

REQUISITOS:

  • Presentar de manera física el certificado de defunción extranjero original, dicho documento debe contar con la firma y el sello del Ministerio de Relaciones Exteriores (MOFA) del país donde ocurrió el fallecimiento (EAU, Qatar, Kuwait o Yemen).

    NOTA: Es importante resaltar que, sobre el documento original, debe estar el sello de MOFA y la firma del funcionario del ministerio de relaciones exteriores. Si esta legalización es realizada de manera digital, debe evidenciarse el sello, logo de MOFA y firma del funcionario.

    Los documentos expedidos en el Reino de Bahréin no requieren legalización ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (MOFA). En estos casos, dichos certificados deben estar debidamente apostillados. Por lo tanto, se deberá presentar el certificado de fallecimiento original junto con su respectiva apostilla.

  • Presentar traducción oficial del certificado de defunción al idioma español, dicha traducción se requiere original en formato físico.

  • Presentar la cédula de ciudadanía original y pasaporte del fallecido, junto con una fotocopia de cada documento.

  • Cédula de Ciudadanía original o pasaporte de la persona quien denuncia la defunción y una fotocopia de cada documento.

  • Presentar el recibo original del depósito bancario realizado en el banco FAB, correspondiente al valor del trámite.

El Registro Civil de defunción no tiene costo en los consulados de Colombia en el exterior. No obstante, para expedir dicho documento es necesario efectuar un trámite previo denominado reconocimiento de Firma de Autoridad Extranjera, el cual consiste en legalizar la firma del funcionario de MOFA quien autenticó el certificado de defunción, este cobro no aplica solo si el documento presentado cuenta con apostilla.

Costo del trámite reconocimiento de Firma de Autoridad Extranjera: USD $ 18.

Información Cuenta Bancaria:

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias.

Nombre BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Nombre de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes  Unidos.  Tenga  en  cuenta  que  el  banco  acepta  únicamente  dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares. Es importante aclarar que los pagos efectuados solo son válidos hasta el 31 de diciembre del año en curso, en consecuencia, cualquier pago realizado en un año determinado deberá utilizarse para un trámite dentro de ese mismo año.

INFORMACIÓN ADICIONAL: Agradecemos presentarse con todos los documentos requeridos en formato físico y debidamente completos, a fin de garantizar el adecuado desarrollo del trámite. Para todos los trámites Consulares es requisito indispensable presentar la cédula de ciudadanía colombiana en formato físico, esta será solicitada a todos los nacionales colombianos, en el caso de ciudadanos extranjeros, se requerirá pasaporte vigente. El Emirates ID no es válido como documento de identidad para ningún trámite Consular. En caso de no contar con la cédula de ciudadanía física, se aceptará únicamente como alternativa la cédula digital desde la aplicación oficial, o contraseña de documento en trámite siempre y cuando esté vigente.

Se informa que esta Oficina Consular NO realiza la impresión de documentos faltantes al momento del trámite, ni de copias de Pasaportes o cédulas, Por tal motivo, le solicitamos asegurarse de traer toda la documentación necesaria, ya que de lo contrario no será posible llevar a cabo el procedimiento.

PODERES, DECLARACIONES (RECONOCIMIENTO DE FIRMA EN DOCUMENTO PRIVADO)

El trámite de reconocimiento de firma se realiza de forma presencial, NO requiere cita previa, y es atendido en orden de llegada por lo cual se recomienda disponer de suficiente tiempo. Por favor, tenga en cuenta que si realiza más de 4 reconocimientos de firma deberá solicitar una cita a través del correo Consular: [email protected]. Esta sección Consular No redacta documentos a reconocer, por lo que cada solicitante deberá presentar el documento con la información correspondiente en su totalidad.

REQUISITOS:

  • Cédula de ciudadanía original en formato físico. Si es extranjero, pasaporte vigente original.
  • Documento redactado e Impreso a reconocer en inglés o español (sin que esté firmado por el solicitante).
  • Recibo de pago original del banco FAB.

Costo del trámite: USD $13 Por firma.

Información Cuenta Bancaria:

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias.

BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Nombre de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes  Unidos.  Tenga  en  cuenta  que  el  banco  acepta  únicamente  dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares. Es importante aclarar que los pagos efectuados solo son válidos hasta el 31 de diciembre del año en curso, en consecuencia, cualquier pago realizado en un año determinado deberá utilizarse para un trámite dentro de ese mismo año.

Se informa que esta Oficina Consular NO realiza la impresión de documentos faltantes al momento del trámite, ni de copias de Pasaportes o Cédulas, Por tal motivo, le solicitamos asegurarse de traer toda la documentación necesaria, ya que de lo contrario no será posible llevar a cabo el procedimiento.

PERMISO DE SALIDA DE MENOR

El trámite PERMISO DE SALIDA se efectúa de manera presencial, NO requiere cita previa, y es atendido en orden de llegada por lo cual se recomienda disponer de suficiente tiempo. Recuerde que el permiso de salida del país aplica únicamente para menores de edad con nacionalidad colombiana que viajen al exterior solos o en compañía de solo uno de sus padres. En estos casos, el padre o madre que no viaje con el menor deberá otorgar el permiso de salida, el cual debe ser expedido ante una notaría en Colombia o ante un Consulado de Colombia en el exterior, según el lugar donde se encuentre. Tenga en cuenta que la presentación de documentación incompleta impedirá la realización del trámite.

REQUISITOS:

  • Cédula de ciudadanía original. Si el padre o madre es extranjero presentar pasaporte vigente.
  • Presentar una fotocopia física de la cédula de la persona con quien viaja el menor.
  • Presentar una copia del registro civil de nacimiento del menor de edad y Tarjeta de Identidad, en caso de tenerla.
  • Conocer Fecha de salida y regreso al país, Lugar de destino, Propósito del viaje
  • En caso de viajar sin acompañante, conocer la aerolínea con la que sale el menor.
  • Recibo de pago original del banco con el valor completo del proceso.

Costo del trámite: USD $13 

Información Cuenta Bancaria:

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias.

Nombre BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Nombre de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes  Unidos.  Tenga  en  cuenta  que  el  banco  acepta  únicamente  dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares.

RECONOCIMIENTO FIRMA DE AUTORIDAD EXTRANJERA:

El trámite de reconocimiento de firma de autoridad extranjera se realiza de forma presencial, NO requiere cita previa, y es atendido en orden de llegada por lo cual se recomienda disponer de suficiente tiempo. Por favor, tenga en cuenta que si realiza más de 4 reconocimientos de firma de autoridad extranjera deberá solicitar una cita a través del correo Consular: [email protected].

REQUISITOS:

  • Cédula de ciudadanía original. Si es extranjero, pasaporte vigente original.
  • Recibo de pago original del banco FAB.
  • Presentar de manera física el documento con la firma y el sello del Ministerio de Relaciones Exteriores (MOFA) del país donde fue expedido (EAU, Qatar, Kuwait o Yemen). Documentos en Árabe requieren traducción oficial al idioma español. Documentos en inglés o español pueden ser presentados sin requisitos adicionales.

    NOTA: Es importante resaltar que, sobre el documento original, debe estar el sello de MOFA y la firma del funcionario del ministerio de relaciones exteriores. Si esta legalización es realizada de manera digital, debe evidenciarse el sello, logo de MOFA y firma del funcionario.

Costo del trámite: USD $18 Por firma de MOFA.

Información Cuenta Bancaria:

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias.

BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Titular de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes  Unidos.  Tenga  en  cuenta  que  el  banco  acepta  únicamente  dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares. Es importante aclarar que los pagos efectuados solo son válidos hasta el 31 de diciembre del año en curso, en consecuencia, cualquier pago realizado en un año determinado deberá utilizarse ese mismo año.

COPIA AUTENTICA DE DOCUMENTO: REGISTRO CIVIL / MATRIMONIO / DEFUNCIÓN
  • Podrá solicitar copia de registro civil en el consulado donde fue inscrito. Deberá indicar el indicativo serial o el número único de identificación personal NUIP o el número de cédula del cónyuge o del occiso, según corresponda. Este trámite NO requiere cita previa.
  • La solicitud de copias de registro civil de nacimiento de niñas, niños y adolescentes, únicamente las podrá realizar el padre, madre o representante legal del menor. Igualmente, el tercero que el padre, madre o representante legal autoricen para el efecto mediante poder debidamente reconocido ante notario o cónsul colombiano. Podrá solicitar copia de registro civil en el consulado donde fue inscrito. Deberá indicar el indicativo serial, el número único de identificación personal-NUIP o el número de cédula del cónyuge o del occiso, según corresponda. Si la persona fue registrada en Colombia puede solicitar la copia únicamente en la Registraduría y/o notaria en donde fue inscrito.
  • Cédula de ciudadanía original. Si es extranjero, pasaporte original.
  • Recibo de pago original del banco con el valor completo del proceso. 

Este trámite no requiere cita previa

Costo del trámite: USD $10.94 Por copia autentica. 

Información Cuenta Bancaria:

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias.

Nombre BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Titular de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes  Unidos.  Tenga  en  cuenta  que  el  banco  acepta  únicamente  dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares. Es importante aclarar que los pagos efectuados solo son válidos hasta el 31 de diciembre del año en curso, en consecuencia, cualquier pago realizado en un año determinado deberá utilizarse ese mismo año.

AUTENTICACIÓN COPIA DE DOCUMENTO

Testimonio escrito del cónsul referido a que una copia de un documento corresponde exactamente al original que se tiene a la vista. Ej: Cédula, pasaporte, etc. (NO se quiere cita previa)

REQUISITOS

  • Documento original y la copia que se va a autenticar.
  • Cédula de ciudadanía original en formato físico. Si es extranjero, pasaporte original.
  • Recibo de pago original del banco con el valor completo del proceso. 

Costo del trámite: USD $18 Por copia autentica.

Información Cuenta Bancaria:

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias.

Nombre BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Nombre de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes  Unidos.  Tenga  en  cuenta  que  el  banco  acepta  únicamente  dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares. Es importante aclarar que los pagos efectuados solo son válidos hasta el 31 de diciembre del año en curso, en consecuencia, cualquier pago realizado en un año determinado deberá utilizarse para un trámite dentro de ese mismo año.

INFORMACIÓN ADICIONAL: Agradecemos presentarse con todos los documentos requeridos en formato físico y debidamente completos, a fin de garantizar el adecuado desarrollo del trámite. Para todos los trámites Consulares es requisito indispensable presentar la cédula de ciudadanía colombiana en formato físico, esta será solicitada a todos los nacionales colombianos, en el caso de ciudadanos extranjeros, se requerirá pasaporte vigente. El Emirates ID no es válido como documento de identidad para ningún trámite Consular. En caso de no contar con la cédula de ciudadanía física, se aceptará únicamente como alternativa la cédula digital desde la aplicación oficial, o contraseña de documento en trámite siempre y cuando esté vigente.

RENOVACIÓN DE PASAPORTE

Este trámite es obligatoriamente presencial y NO requiere cita previa. La atención se realiza en orden de llegada, por lo cual se recomienda disponer del tiempo suficiente. No es necesario traer fotografías, ya que estas se toman en el momento del trámite.

Una vez realizado el procedimiento, la entrega del pasaporte se efectúa aproximadamente entre 8 a 10 días hábiles después de la expedición, tiempo estimado que puede variar según los procesos de Cancillería.

REQUISITOS Para mayores de edad:

  • Cédula de ciudadanía original.
  • Pasaporte anterior.

  • Recibo original del pago.

REQUISITOS Para menores de edad:

• Registro civil de nacimiento + Tarjeta de Identidad (si tiene)

• Pasaporte anterior del menor.

• El menor debe estar acompañado de uno de los padres, quien debe presentar su cédula de ciudadanía o pasaporte si es extranjero.

• Recibo original del pago. 

Costo del Trámite:

Pasaporte Ordinario: USD $86 (32 páginas) 

Pasaporte Ejecutivo: USD $175 (48 páginas) 

Información Cuenta Bancaria:

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias.

Nombre BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Nombre de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes  Unidos.  Tenga  en  cuenta  que  el  banco  acepta  únicamente  dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares. Es importante aclarar que los pagos efectuados solo son válidos hasta el 31 de diciembre del año en curso, en consecuencia, cualquier pago realizado en un año determinado deberá utilizarse para un trámite dentro de ese mismo año.

RECOLECCIÓN LIBRETA PASAPORTE: El pasaporte podrá ser entregado únicamente al titular del documento, para el caso de menores de edad únicamente el padre autorizado en el momento del trámite podrá reclamarlo.

A continuación, las modalidades de recolección:

1. Personalmente, NO requiere cita previa. Debe presentar pasaporte anterior y Cédula de ciudadanía. Para reclamar el pasaporte de un menor de edad deberá presentar adicional el registro civil de nacimiento.

2. Envió a través de correo certificado. Deberá enviar su pasaporte anterior para ser cancelado y solicitar la recolección de ambos pasaportes. El ciudadano programará directamente el envío y recolección con la empresa de mensajería de su preferencia. En cualquiera de los casos se deberá presentar el pasaporte anterior el cual será cancelado y entregado inmediatamente al ciudadano en el momento de la recolección del nuevo pasaporte, las visas quedarían vigentes. El ciudadano tiene 6 meses para recoger el pasaporte desde la fecha de emisión.

CÉDULA DE CIUDADANÍA DIGITAL / TARJETA DE IDENTIDAD  PRIMERA VEZ

Este trámite requiere cita previa, amablemente le solicitamos agendar su cita en el siguiente enlace:

https://outlook.office365.com/book/[email protected]/?ismsaljsauthenabled=true  

La cédula de ciudadanía se expide a los ciudadanos colombianos mayores de 18 años. La Tarjeta de Identidad se expide a los ciudadanos colombianos menores de edad a partir de los 7 años. El trámite por primera vez NO tiene costo. El colombiano por nacimiento o por adopción, que sea mayor de edad, podrá hacer la solicitud de su cédula de ciudadanía de primera vez ante los Consulados en exterior, acreditando los siguientes requisitos:

  • Presentarse personalmente.
  • Tener dieciocho (18) años cumplidos.
  • Cuando la nacionalidad se ha obtenido por nacimiento, se debe aportar copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento o tarjeta de identidad biométrica. Si se trata de nacionalidad por adopción, el documento a presentar es la carta de naturaleza o la resolución de inscripción.
  • Conocer el RH y Grupo Sanguíneo.

El colombiano por nacimiento o por adopción, que sea menor de edad y tenga 7 años cumplidos podrá hacer la solicitud de su Tarjeta de Identidad por primera vez, a través de uno de sus padres o representante legal, ante los Consulados en el exterior, acreditando los siguientes requisitos:

  • Presentarse personalmente junto con su padre/madre o representante legal.
  • Tener siete (7) años cumplidos.
  • Cuando la nacionalidad se ha obtenido por nacimiento, se debe aportar copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento. Si se trata de nacionalidad por adopción el documento a presentar es la carta de naturaleza o la resolución de inscripción.
  • Cédula de Ciudadanía original del padre colombiano, o representante legal, autorizador del trámite.
  • Conocer el RH y Grupo Sanguíneo. 

Para conocer el estado en que se encuentra su cédula de ciudadanía/tarjeta de identidad, consulte en la página de la Registraduría Nacional del Estado Civil, ya que esta es la entidad competente encargada de llevar a cabo la expedición de estos documentos y el sitio de entrega de estos. 

Si usted desea que su cédula/tarjeta sea enviada a un lugar diferente al sitio donde fue preparada, puede solicitar el traslado de su documento sin costo alguno, llenando el formulario disponible en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil para traslados.

CÉDULA DE CIUDADANÍA / TARJETA DE IDENTIDAD - DUPLICADO

Este trámite requiere cita previa, amablemente le solicitamos agendar su cita en el siguiente enlace:

https://outlook.office365.com/book/[email protected]/?ismsaljsauthenabled=true 

Duplicado de Cédula de Ciudadanía: 

La persona natural colombiana, por nacimiento o por adopción que se encuentre en el exterior, mayor de edad, cuya cédula de ciudadanía se hubiera extraviado o deteriorado, o se la hubieran hurtado, puede solicitar un duplicado de manera presencial en el Consulado a través de cita previa:

Trámite presencial en el Consulado:

  • Presentarse personalmente.

  • Informar el número de la cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad.

  • Presentar un documento que lo identifique como colombiano.

  • Conocer el RH y grupo sanguíneo.

  • Consignación o pago del valor correspondiente al duplicado del documento según indique la oficina consular. La consulta del estado del trámite podrá hacerse a través de la página de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Costo del trámite Cédula de Ciudadanía Digital: 76.28 USD

Duplicado de Tarjeta de identidad:

El colombiano por nacimiento o por adopción, que sea menor de edad y tenga 7 años cumplidos que se encuentre en el exterior, cuya tarjeta de identidad se hubiera extraviado o deteriorado, o se la hubieran hurtado podrá hacer la solicitud de duplicado a través de uno de sus padres o representante legal, ante los Consulados en el exterior, acreditando los siguientes requisitos:

  • Presentarse personalmente junto con su padre/madre o representante legal.
  • Tener siete (7) años cumplidos.
  • Cuando la nacionalidad se ha obtenido por nacimiento, se debe aportar copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento. Si se trata de nacionalidad por adopción el documento a presentar es la carta de naturaleza o la resolución de inscripción.
  • Cédula de Ciudadanía original del padre colombiano, o representante legal, autorizador del trámite.
  • Conocer el RH y Grupo Sanguíneo. Para conocer el estado en que se encuentra su cédula de ciudadanía/tarjeta de identidad, consulte en la página de la Registraduría Nacional del Estado Civil, ya que esta es la entidad competente encargada de llevar a cabo la expedición de estos documentos y el sitio de entrega de estos. Si usted desea que su cédula/tarjeta sea enviada a un lugar diferente al sitio donde fue preparada, puede solicitar el traslado de su documento sin costo alguno, llenando el formulario disponible en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil para traslados.

Costo del trámite Duplicado Tarjeta de Identidad: 66.24 USD 

Información Cuenta Bancaria:

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias.

Nombre BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Nombre de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes Unidos. Tenga en cuenta que el banco acepta únicamente dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares. 

CÉDULA DE CIUDADANÍA - RECTIFICACIÓN:

Este trámite requiere cita previa,amablemente le solicitamos agendar su cita en el siguiente enlace:

https://outlook.office365.com/book/[email protected]/?ismsaljsauthenabled=true 

Se tramita cuando se debe expedir una nueva cédula por cambio de nombre/apellido del titular. Solo se expide en formato cédula amarilla.

Trámite presencial en el Consulado:

  • Presentarse personalmente.
  • Informar el número de la cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad.
  • Presentar un documento que lo identifique como colombiano.
  • Presentar documento que haga constar el cambio de nombre/apellido del titular.
  • Conocer el RH y grupo sanguíneo.
  • Consignación o pago del valor correspondiente al duplicado del documento según indique la oficina consular. La consulta del estado del trámite podrá hacerse a través de la página de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Costo del trámite Cédula de Ciudadanía Rectificación (cédula amarilla): 67.55 USD

Información Cuenta Bancaria:

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias. 

Nombre BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Nombre de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes Unidos. Tenga en cuenta que el banco acepta únicamente dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares. Es importante aclarar que los pagos efectuados solo son válidos hasta el 31 de diciembre del año en curso, en consecuencia, cualquier pago realizado en un año determinado deberá utilizarse para un trámite dentro de ese mismo año.

CERTIFICADO DE SOLTERÍA:

Este trámite se solicita de manera digital. Para ello, deberá enviar la solicitud al correo consular [email protected], adjuntando todos los requisitos correspondientes. La respuesta y el certificado serán remitidos directamente al correo electrónico del solicitante. Tenga en cuenta que cada persona debe realizar su propia solicitud, ya que no se expiden certificados solicitados a nombre de terceros.

Requisitos:

  • Copia legible del Registro civil de nacimiento con anotación valido para matrimonio, no mayor a 3 meses de expedición. Este debe ser solicitado en la notaría donde su registro civil fue inscrito.
  • Fotocopia Cédula de ciudadanía por ambos lados.
  • Fotocopia Pasaporte vigente.
  • Copia de recibo de pago del banco FAB con el valor completo del trámite.

Una vez sea verificada la documentación se expedirá el certificado y se remitirá a su correo electrónico, así mismo le solicitamos amablemente indicar si requiere el certificado de soltería en ingles o en español.

Le solicitamos adjuntar por este medio únicamente los documentos requeridos, en formato PDF y de manera individual.

La remisión de documentos incompletos o en formatos distintos impedirá el adecuado desarrollo del trámite. 

Costo del trámite: 34.00 USD

Información Cuenta Bancaria:

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias.

Nombre BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Nombre de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes  Unidos.  Tenga  en  cuenta  que  el  banco  acepta  únicamente  dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares. Es importante aclarar que los pagos efectuados solo son válidos hasta el 31 de diciembre del año en curso.

CERTIFICADO DE RESIDENCIA

El certificado de residencia es expedido para aquellos ciudadanos Colombianos que residan en el exterior por lo menos veinticuatro (24) meses continuos durante los últimos tres (3) años, inmediatamente anteriores a su llegada al país para fijar en él su residencia. En caso de haber  residido  en  otros  países deberá comunicarse  con  el consulado de Colombia del país correspondiente. El trámite se realiza en línea, deberá enviar la siguiente información al correo del consulado ([email protected]) por favor tenga en cuenta que sin la totalidad de los requisitos no se puede dar curso a la expedición del certificado.

REQUISITOS para mayores de edad:

• Cédula de ciudadanía por ambas caras

• Pasaporte colombiano vigente

• Primera visa de residencia expedida o prueba del inicio de la residencia.

• Ultima visa de residencia.

• Recibo de pago del banco.

Costo del trámite: 34.00 USD

Una vez sea verificada la documentación se expedirá el certificado y se remitirá a su correo electrónico.

Le solicitamos adjuntar por este medio únicamente los documentos requeridos, en formato PDF y de manera individual. La remisión de documentos incompletos o en formatos distintos impedirá el adecuado desarrollo del trámite.

Información Cuenta Bancaria:

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias.

Nombre BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Nombre de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes Unidos. Tenga en cuenta que el banco acepta únicamente dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares. Es importante aclarar que los pagos efectuados solo son válidos hasta el 31 de diciembre del año en curso.

 

REQUISITOS para menores de edad:

Desde el 9 de marzo de 2018 los niños, niñas o adolescentes que tengan residencia habitual en el exterior igual o superior a un año, y que vayan a salir de Colombia con el progenitor que tiene la custodia, ya no requerirán la autorización del otro padre para formalizar la salida. Para efectos de la salida del país deberán aportar certificación de residencia en el exterior, expedido por el consulado competente y copia del documento en el cual se establezca la custodia en cabeza del progenitor con quien va a salir. Los siguientes son los requisitos para obtener el correspondiente certificado de residencia:

• Documento de identificación del menor.

• Documento de identificación del solicitante.

• Presentar documentos que demuestren la residencia del menor por un término igual o superior a 1 (un) año, por ejemplo: constancias estudiantiles, certificado de afiliación médica.

• Copia del documento en que conste que el progenitor tiene la custodia.

• Certificado de movimientos migratorios del menor expedido por Migración Colombia.

Tenga en cuenta: En los casos en que el menor de edad tenga residencia habitual en el exterior menor a un año, deberá contar con permiso de ambos padres o del representante legal con quien no viaje debidamente autenticado ante notario o autoridad consular. Cuando el menor de edad salga con el progenitor que no ostenta la custodia o con un tercero, requerirá el permiso de salida del progenitor que ostenta la custodia, junto con la certificación de residencia y el documento que acredita la custodia. En los casos que no se acredite la custodia y el certificado de residencia habitual en el exterior, se deberá contar con el permiso de los padres. Todas estas disposiciones pueden ser consultadas en la sección relativa a los permisos de salida de niños, niñas y adolescentes, de la ley 1878 de 2018 y que modifica el artículo 110 de la ley 1098 de 2006.

Costo del trámite: USD $ 34

Información Cuenta Bancaria:

El pago EXACTO de los trámites consulares deberá realizarse directamente en el banco ANTES DE SU CITA y deberá presentar el recibo original y físico de la consignación para proceder con el trámite. NO se acepta dinero en efectivo, ni tarjeta débito/crédito o transferencias bancarias.

Nombre BancoFirst Abu Dhabi Bank (FAB)
Número de cuenta1411003859404035
Nombre de la cuentaEmbassy of Colombia

NOTA: El pago del trámite se debe realizar únicamente en el banco FAB en los Emiratos Árabes Unidos. Tenga en cuenta que el banco acepta únicamente dirhams, por lo que deberá solicitar la tasa de cambio del valor equivalente en dólares. Es importante aclarar que los pagos efectuados solo son válidos hasta el 31 de diciembre del año en curso.

CONSTANCIA DE ANTECEDENTES JUDICIALES

Se trata de un testimonio escrito del Cónsul referido a la información de antecedentes judiciales del connacional solicitante, conforme la información que es posible consultar en la base de datos de la Policía Nacional. 

Usted podrá solicitar a través de este enlace (https://antecedentes.policia.gov.co:7005/WebJudicial/), su constancia de Antecedentes Judiciales sin costo alguno, la cual le será expedida a través del Consulado de Colombia que usted elija para el trámite. 

Para realizar su solicitud es preciso tener a la mano la cédula de ciudadanía y pasaporte vigente, así como disponer de una cuenta de correo electrónico habilitada. La constancia de antecedentes judiciales es un trámite completamente en línea, por lo cual, usted no debe acudir a ninguna oficina. 

Tenga en cuenta que esta constancia sirve únicamente en la medida en que las autoridades extranjeras que se lo requieren acepten el documento sin el requisito de apostilla o legalización. 

El certificado de antecedentes judiciales expedido por la Policía Nacional debidamente apostillado podrá igualmente solicitarse en línea a través del siguiente enlace: https://tramites.cancilleria.gov.co/apostillalegalizacion/solicitud/inicio.aspx

CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA - FE DE VIDA

Requisitos:

  1. Presentación personal ante el consulado, el trámite NO requiere cita.
  2. Cédula amarilla con hologramas o digital y pasaporte colombiano vigente.
  3. El trámite NO tiene costo.

ESCRITURA PÚBLICA:

Debe solicitar la minuta al correo electrónico [email protected] y remitirla debidamente diligenciada al mismo correo. Una vez el documento sea revisado, el consulado se contactará con el usuario para confirmar fecha y hora de cita para realizar la escritura pública.

• Presentar documento de identificación original. Cédula de ciudadanía para colombianos, pasaporte para extranjeros.

Costos

  • Protocolización Escritura Pública USD 184
  • Copia Escritura Pública USD 18
  • Derechos Notariales Poder General USD 24.49
  • Derechos Notariales Permiso de Salida de Menor USD 24.49
  • Derechos Notariales Cambio de Nombre USD 17.49

Nota: Escrituras Públicas y Derechos Notariales para reconocimiento de hijo/s NO tienen costo. Solo se paga la copia de esta.